CUADRO XXXVI

INMIGRACIÓN EXTRANJERA, 1945-1964, POR ORIGEN

(Saldos quincenales, miles de personas)

 

 

ORIGEN

 

1945/49

 

1950/54

 

1955/59

 

1960/64

 

Italianos y

Españoles

 

256.3

 

276.1

 

73.9

 

3.9

 

de países

limítrofes

 

-3.6

 

89.5

 

166.4

 

201.4

 

Paraguayos

 

16.1

 

41.1

 

104.2

 

87.1

 

Chilenos

 

8.3

 

23.5

 

9.6

 

39.0

 

Bolivianos

 

1.0

 

6.6

 

31.0

 

62.0

 

Uruguayos

 

-33.8

 

9.0

 

19.3

 

6.0

 

Brasileños

 

4.7

 

9.5

 

1.4

 

6.7

 

de otros países

 

76.3

 

52.8

 

10.1

 

13.0

 

TOTAL

 

329.0

 

418.4

 

150.4

 

218.3

 

Fuente: JOSÉ PANETTIERI, Los trabajadores en tiempos de la inmigración masiva en la Argentina 1870-1910, Facultad de Humanidades y ciencias de la Educación, Dto. De Historia, Monografías y tesis, U.N. de La Plata, 1965, p. 140.

 

 

 

 

CUADRO XXXVII

PORCENTAJE DE LIMÍTROFES SOBRE TOTAL DE POBLACIÓN

 

 

AÑOS

 

Bolivianos

 

Brasileños

 

Chilenos

 

Paraguayos

 

Uruguayos

 

TOTAL

 

1869

 

0.4

 

0.3

 

0.6

 

0.2

 

0.9

 

2.4

 

1895

 

0.2

 

0.6

 

0.5

 

0.4

 

1.2

 

2.9

 

1914

 

0.2

 

0.5

 

0.4

 

0.4

 

1.1

 

2.6

 

1947

 

0.3

 

0.3

 

0.3

 

0.6

 

0.5

 

2.0

 

1960

 

0.4

 

0.2

 

0.6

 

0.8

 

0.3

 

2.3

 

Fuente: "Consejo Federal de Inversiones", Cit. en La inmigración desde países limítrofes hacia la Argentina, Análisis Estadístico, realizado en la Oficina Sectorial de Desarrollo de Recursos Humanos, supervisado por el Director Prof. Roberto Marcenaro Boutell.

 

 

NOTAS AL CAPÍTULO VIII

 

1.          GADAMER, HANS-GEORG, Verdad y método, t.1: "Fundamentos de una hermenéutica filosófica", 5ta.  edición, Salamanca, Sígueme, 1993, p.68.

2.          ALAIN ROUQUIÉ, Poder militar y sociedad política en la Argentina, t.I, Bs.As., Emecé , 1981, p.29.

3.          CARL GRIMBERG, Historia Universal Daimon, t. 12: "El siglo XX las grandes guerras y la conquista del espacio", Barcelona, Daimon, 1970, p.105. El proceso geopolítico se sigue por esta obra.

4.          Cifras obtenidas de M.CARR SAUNDERS, La población... Cit., p.155.

5.          CARR SAUNDERS, La población mundial... Cit., p.158.

6.          Ibídem, p.230.

7.          CARL GRIMBERG, Historia Universal... Cit., t.12, p.203.

8.          Ibídem, p.161.

9.          Sobre la repercusión de la guerra civil española en la Argentina y los grupos nacionalistas, Cfr. ELENA PIÑEIRO, La tradición nacionalista ante el peronismo. Itinerario de una esperanza a una desilusión, Bs.As., A-Z , 1997, ps.113 y ss. Sobre la influencia en otros sectores políticos: ROBERTO A. FERRERO, Del fraude a la soberanía popular, en "Memorial de la Patria", director Félix Luna, Bs.As., La Bastilla, 1976, p.91, "La guerra civil española, a poco de estallar, dividió a los sectores politizados del país en franquistas y republicanos; la guerra mundial... consolidó y profundizó esa división".

10.       CARL GRIMBERG, Historia... Cit., p.235.

11.       HENRI BUNLE, Les migrations, en "Traité de démographie"...Cit., p.473.

12.       M.CARR SAUNDERS, La población mundial...Cit., p. 154.

13.       Ibídem, ps. 154 y ss.

14.       Ibídem, p.157.

15.       H.BUNLE, Les migrations...Cit., p. 472.

16.       El análisis siguiente esta fundado en las obras de: 1) HARRY H.LAUGHLIN, Codificación y análisis de las leyes de inmigración de cada uno de los países del Continente Americano, "según aparecen en sus respectivas a) Constituciones Nacionales, b) Estatutos, c) Tratados Internacionales, d) Reglamentos administrativos en vigor al primero de enero de 1936. Volumen correspondiente al análisis del problema fundamental y de los principales elementos en el análisis de la política y de las leyes de inmigración en el Continente Americano", Del Archivo del Departamento de Eugenesia de la Institución Carnegie de Washington, Octubre de 1936, p.6. Se trascribió extensamente la cita bibliográfica como forma de hacer una ficha erudita del contenido y de la filiación disciplinaria del autor y del Instituto que la edita, como prueba de lo dicho en el texto.

2) Además se utilizó para comparar y comprobar si había habido modificaciones de dichas reglamentaciones hacia 1941, en una de las fuentes: NÉLIDA M. GIURICICH, CÉSAR RUIZ MORENO Y ALBERTO RAÚL PICHOT, El fenómeno migratorio ...[21], tomo II, que recopilan con mayor precisión y detalle "la legislación americana sobre condiciones, permisos, autorizaciones y restricciones a la entrada y permanencia de extranjeros", obtenidas por el Instituto Argentino de Derecho Internacional, al que pertenecen los autores, sin comentarios como los de Laughlin.

17.       Ibídem.

18.       Ibídem, p. 51.

19.       Cit. en N.M.GIURICICH, C.RUIZ MORENO, A. PICHOT, El fenómeno...Cit., p.101.

20.       Una nómina completa de estos decretos la exponen: VÍCTOR PINTO [34], en el Apéndice y NÉLIDA M. GIURICICH, CÉSAR RUIZ MORENO Y ALBERTO RAÚL PICHOT [21], ps.45 y ss, quienes historian toda la política inmigra­toria argentina.

21.       Ibídem, t.I, p.50.

22.       Cfr.Encuesta del M.S.A., 1939 [143].

23.       N.M.GIURICICH, C.RUIZ MORENO Y A.R.PICHOT [21], ps.180 y ss. Decreto del 28-7-1938. El artículo 3 de la ley 4144, establecía: El P.E. podrá impedir la entrada al territorio de la República de todo extranjero cuyos antecedentes autoricen a incluirlo entre áquellos a que se refieren los dos artículos anteriores. Concretamente el art.2, autorizaba al Ejecutivo a expulsar a todo extranjero "cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público".

24.       ADOLFO DORFMAN, Historia de la industria argentina, Bs.As., Hyspamérica, 1986, ps.379 y 380.

25.       Sobre las filiaciones partidarias, Cfr. ROBERTO FERRERO, Del fraude...Cit., p.23.

26.       Ibídem, ps.52 y 53.

27.       Cfr. ROBERTO A. FERRERO, Del fraude a la soberanía popular... Cit., p.15. Potash, Piñeiro, Rouquie, etc.

28.       Cit., toda la sesión en N.M.GIURICH, C.RUIZ MORENO, A. PICHOT, El fenómeno...Cit., p.51.

29.       OFELIA I. STAHRINGER DE CARAMUTI, La política migratoria argentina, Bs.As., Depalma, 1975, p.98.

30.       HARRY H. LAUGHLIN, Codificación y Análisis de las leyes de inmigración de cada uno de los países del Continente Americano, Volumen correspondiente al análisis: Exposición del problema fundamental y de los principales elementos en el análisis de la política y de las leyes de inmigración en el Continente Americano, Del Archivo del Departamento de Eugenesia de la Institución Carnegie de Washington, 1936, p.15.

31.       EDUARDO A. COGHLAN [79],p.301.

32.       Ver Cuadro XXVIII del Apéndice en el que se puede apreciar que los padres extranjeros tenían tantos o más hijos que los argentinos. Por otra parte, si en vez del Censo Escolar, como toma Coghlan, se toma el Censo de 1914 y el Anuario de ese año, se puede comprobar otra situación, favorable a la mayor natalidad en los extranjeros. Durante el año 1914 se registraron 287.318 nacimien­tos, que representó una tasa de natalidad de 36,4 o/oo. De la población femenina entre 15 y 49 años, 1.353.561 eran argenti­nas y 715.658 eran extranje­ras, es decir representa­ban el 34,6 % del total de mujeres en esas edades. El Anuario de 1914 detalla los nacimien­tos según los padres fueran extranjeros o argentinos. Tomando sólo las madres vemos que: de 1.353.561 mujeres argentinas en edad fecunda nacieron 123.732 niños y de las 715.658 mujeres extranjeras nacieron 107.022 niños. Es decir, de cada 10,9 mujeres argentinas en edad fecunda nacía un niño, mientras que disminuía a 6,7 posibles madres extranjeras por niño nacido. REPÚBLICA ARGENTINA, Ministerio del Interior, Departamento Nacional de Higiene, División 2da. , Sección Demografía, Anuario Demográfico del año 1914. Natalidad, Nupcialidad y Mortalidad, Presidente del Departa­mento, Dr. Teófilo R. Lecour, Año IV, Bs.As., Talleres Gráficos de la Penitenciaría Nacional, 1921, p.3.

33.       RÓMULO AMADEO, explica en el Congreso de Población organizado por el M.S.A.[7], 4da.  Parte, p.246, "se trata de un despacho que hace una enunciación general del régimen de puertas abiertas, pero esto, tiene sus limitaciones en los mismos despachos de la Sección, que tienden a entornar las puertas un poquito...".

34.       GUILLERMO GARBARINI ISLAS, ¿La República Argentina sigue necesi­tando inmigración?, Resumen del trabajo del Congreso de Población [7], 2da.  Parte, p.25. B.HORNE [107] , como diputado interpela a los Ministros de Agricultura y Relaciones Exteriores y concluye que "quedó demostrada la tesis de la Constitu­ción Nacional basada en que hace indispensa­ble adoptar una política inmigrato­ria que permita afrontar con energía y con amplitud, la recepción de grandes núcleos de inmigrantes útiles, inmediatamente terminada la guerra".

35.       B.HORNE [107]. En el mismo sentido, ya se vio, Dickman [17], Pinto [34], Bidabehere [5], Giuricich, Ruiz Moreno, Pichot [21].

36.       CÉSAR ENRIQUE ROMERO, Introducción al Derecho Constitucional, ps. 132 y 133.

37.       CARLOS J. RODRÍGUEZ [124], ps.105 y 106.

38.       ALBERTO G. SPOTA, Régimen jurídico de la inmigración, en "La Ley", t. 24, octubre-noviembre-diciembre de 1941, sección Doctrina, p. 122. Interpretan la Constitución en forma similar: FERNANDO ARTURO BIDABEHERE [5], ps.17, 99; JUAN JOSÉ GUARESTI (h),[106], p.68: "Si está conforme con el régimen constitucional argentino...no interesa la nacionalidad ni la raza, lo que importa es que acepte las ideas predominantes en el país. (Luego dice) la atracción de personas deseables de raza blanca o la selección, es el resultado de las condiciones que ofrezca el país..."; JUAN PUEBLO [36], p.70: "Esta (la Constitución) abre las puertas del país a todo hombre que quiera habitarlo; pero advierte -más que advertir, impone- que se debe fomentar la inmigración europea. Y mientras rija la actual Constitución a ella hay que atenerse".

39.       Los constitu­cio­na­lis­tas se remiten a Alberdi o a Sarmiento para interpretar el sentido del Preámbulo y de las cláusulas constitucionales referidas al inmigrante como a la ley 817 fundamental­mente. J.GONZÁLEZ CALDERÓN, Derecho Constitucional Argentino, t.II, Lojuane, 1928, p.101, luego de referirse a la generosidad para con el extranjero del Preámbulo, a diferencia de la Constitución de los EE.UU., dirá:"El derecho de los extranje­ros de entrar libremente al país, está subordinado al (art. 25)... No podía ser de otro modo, desde que el problema de aumentar nuestra población y fomentar la incorporación a ella de grandes masas humanas, no consiste ni puede consistir en atraer y tolerar toda especie de razas y toda clase de individuos. Por eso el artículo constitucional se refiere solamente a la inmigración europea, a las razas blancas...Excluye delibera­damente, a quienes no tienen esas condiciones apartándose de la fórmula demasiado amplia y peligrosa de Alberdi". En el mismo sentido, fundado en ese autor, en Alberdi, Sarmiento, en el español César Belaunde, en Spota, autores fuentes de ésta tesis, se expresa SEGUNDO V. LINARES QUINTANA, Tratado de la Ciencias del Derecho Constitucional Argentino y Comparado, t. II, Bs.As., Alfa, 1956, p.546 :El problema de la despoblación "no puede ser resuelto mediante la inmigración en masa de toda clase de extranjeros. Impónese una inteligente y cuidadosa selección". Luego distingue entre inmigrante protegido y extranjero. La misma distinción hace PABLO A RAMELLA, Derecho Constitucional, 2da.  ed., Bs.As., Depalma, 1982, p.259, y aclara que la inmigración espontánea puede ser de todas las razas, la fomentada sólo europea. Los posteriores harán más bien referencia a las leyes de facto Nro. 22.439 sobre migraciones y fomento de la inmigración que se sustenta en otras bases ideológico-políticas.

40.       Ibídem, E.LLORENS [112], dice que debe procurarse la unidad interna y seleccionar a los inmigrantes según razones raciales: latinos, religiosas: católicos y políticas: no exilados políticos. GUARESTI [106], dirá "no interesa la nacionalidad, ni la raza, lo que importa es que acepte las ideas predominantes en el país y sus costumbres, para que la asimila­ción sea perfecta", pero eso sí debe adecuarse a la Constitución Nacional. Lo mismo Juan Pueblo, Licurzi, Bidabehere, A.Bunge.

41.       Esas expresiones están extraídas además de los autores ya citados, del Congreso de Población de 1940 [7] en los despachos que expresan "Inmigración extranjera -según el artículo 25 y 67, inc.16 de la Constitu­ción Nacional-"; "Fomento de la inmigración"; "Protección al Inmigrante"; "Intervención oficial en los medios de transportes de inmigrantes"; "Fomento de la inmigración de técnicos y obreros especializados", "Inmigra­ción blanca" y "Selección del Inmigrante". Se debe advertir que éste último declara "sin restricción por cuestiones raciales o religiosas", concepto que contradice lo dicho, sin embargo, esa aclaración se hizo para evitar el rechazo de la inmigración judía, considerada comprendida dentro de la raza blanca. Esa ponencia se apoyó en el trabajo de Abraham Bercum en el que sobresale el temor de la exclusión de los judíos como ocurría en Alemania.

42.       ALEJANDRO E. BUNGE [8], Vol.3, p. 23.

43.       ENRIQUE DICKMAN [17], p.99.

44.       FERNANDO ARTURO BIDABEHERE [5], p.50. Piensan en traer agricul­tores Horne, Dickman, J.C. Rodríguez, Juan Pueblo, Licurzi, Pinto.

45.       Discurso del Sr. Ruiz Guiñazú (República Argentina), en la "Conferencia Técnica: La cooperación internacional técnica y financiera en materia de migraciones colonizadoras", Oficina Internacional del Trabajo, Estudios y documentos, Serie O (Migraciones), Nro. 7, Ginebra, 1938, p.107.

46.        GASTÓN GORI, Inmigración y colonización en la Argentina, Bs.As., Eudeba, 1964, p.100.