CINEMA DESCARTES[1]
Damián
Rodrigo Pizarro[2]
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo, me aproximaré a las
sapiencias del llamado “padre de la filosofía moderna”. Es René Descartes quien
a través del llamado Séptimo Arte, el cine, me permite abordar un tema de sumo
interés tanto para los destinatarios de la filosofía, como así también de la
filosofía del derecho.
A través de diferentes filmes que desarrollan sus
tramas, intentaremos denotar que dejan entrever los diferentes abordajes
realizados por el filósofo francés a través del método (duda metódica). La duda practicada por Descartes tiene una triple
característica:
Por último, y teniendo en cuenta lo anteriormente
enunciado, desarrollaré la relación que hallo entre el legado de Descartes y el
Derecho.
LA DUDA DE DESCARTES
Para comenzar,
puedo citar el filme “The Doubt” (“La Duda”) estrenada en el año 2008, escrita
y dirigida por Shanley, y producida por Scott Rudin, fué protagonizada por
Meryl Streep, Philip Seymour Hoffman, Amy Adams y Viola Davis.
La protagonista
encarna a la hermana Aloysius,
una estricta directora de escuela, que en la cena con sus compañeras Hermanas
de la Caridad de Nueva York, les encarga estar alerta sobre algo raro que vean
en el sacerdote. La hermana James, observa la proximidad entre el padre Flynn y Donald Miller, el primer estudiante de color
aceptado en el colegio. Las hermanas Aloysius y James enfrentan al padre Flynn
con sus sospechas, y el padre les pide olvidar el asunto porque es algo privado
entre el niño y él. Cabe culminar que la película concluye con la hermana Aloysius que dice
lo siguiente: “En la búsqueda del mal,
uno se aleja un paso de Dios pero se acerca uno más a su servicio”.
Luego, rompe en lágrimas y le dice a la hermana James: “Tengo dudas”.
De este modo, y a
través de esta película, se denota que a pesar de que las situaciones se
aclaren o se encuentren respuestas a cada inquietud, la duda subsiste (Molina
Mejía, 1993). Por ello, la teoría de
Descartes toma la necesidad de partir de un punto seguro, poniendo en duda
desde los sentidos a la realidad misma, pasando por verdades universales y
matemáticas; hasta resolver la existencia del hombre a través del cogito.[3]
Las dudas, errores y contradicciones que asaltaron el espíritu del joven
Descartes lo resolvieron a estudiar por sí mismo.
Así elaboró cuatro reglas que creyó que le bastarían.
La primera (evidencia) fue no admitir nada como verdadero, salvo que lo supiese
de manera clara y distinta; la segunda (análisis), dividir las dificultades en
tantas partes como fuera posible, para su examen y resolución; la tercera
(síntesis), hacer ascender gradualmente los pensamientos, desde los objetos más
simples hasta el conocimiento de los más complejos, y la cuarta (enumeración),
hacer en todos un recuento y revisión generales, hasta estar seguro de no
omitir nada. Por tales medios -de naturaleza lógica- no habrá cosa que no pueda
ser alcanzada o descubierta.
LOS SENTIDOS
En la vida cotidiana, y por medio de nuestras
vivencias podemos llegar a la conclusión que muchas veces nuestros sentidos son
traicionados por diferentes agentes, afectaciones o distorsiones, entre otros. Sobre este
apartado, podemos nombrar “The Fight Club” (El Club de la
Pelea), el narrador (Edward Norton), es un empleado de una empresa
automovilística que sufre de insomnio. Se convierte en un adicto a los grupos
de terapia y a la farsa de pasarse por víctima, pero la presencia de otra
impostora —Marla Singer (Helena Bonham Carter) — le molesta. Después de regreso de un
viaje de negocios, encuentra su casa destrozada por una explosión. Llama a
Tyler Durden (Brad Pitt), un vendedor de jabón a
quien había conocido en el avión, y se reúnen en un bar. Una conversación sobre
consumismo hace que Tyler invite al narrador a quedarse en su casa, Tyler
acepta con la condición de que lo golpee. Ambos se pelean a puñetazos fuera del
bar, para que el narrador posteriormente se mude a la demacrada casa de Tyler.
Las peleas pasan al sótano del bar, donde se forma un club de lucha regido por
una serie de reglas. Con la formación de más clubes de lucha a lo largo del
país, convirtiéndose en una organización anticapitalista y anticorporativista
llamada “Project Mayhem”,
con Tyler como líder. Éste le explica que son personalidades disociadas dentro
del mismo cuerpo. Tyler controla el cuerpo del narrador cuando éste está
dormido. El que narra intenta contactar con la policía, pero los agentes con
los que habla también son miembros del proyecto.
En una escena, el narrador hostigado a punta de
pistola por Tyler, se da cuenta que al compartir cuerpo con Tyler, él también
está sujetando la misma pistola. Así acepta su personalidad como ser Tyler Durden y se dispara en la cara para demostrarle a su otro
yo que no lo necesita más en su vida. Por consiguiente, deja de proyectarlo
mentalmente. Se prueba así, que nos hallamos frente a otro de los errores de
percepción de los que cualquiera ha sido víctima, y así Descartes cuestiona
cierta clase de percepciones sensoriales, especialmente a las que se producen
en condiciones desfavorables o a objetos lejanos (Garín, 1994).
LA SIMILITUD ENTRE LA VIGILIA Y EL SUEÑO
Existe una falta de criterios claros para discernir
entre éstos. Se plantea una duda general
sobre las percepciones, aparentemente, empíricas, que acaso con igual derecho
podrían imputarse al sueño. Para ello citaré dos películas, “The Matrix” y luego “Inception”.
La primera es una película de ciencia ficción donde
el
tema filosófico por excelencia es lo real, y cabe dar una pequeña sinopsis de
ella como introducción al planteo. Thomas A. Anderson (Keanu Reeves), de día es
programador informático y por las noches un hacker que utiliza el alias de Neo.
Lleva toda su vida intuyendo que hay algo más, que hay algo que falla, por eso comienza
la búsqueda desesperada de una persona de la que sólo ha oído hablar, otro
hacker llamado Morfeo (Laurence Fishburne), les da las respuestas a lo que
tanto lo atormentan. Otra hacker, Trinity (Carrie-Anne Moss), lo conduce hasta
Morfeo y la respuesta que busca. Pero para obtenerla renuncia a su vida
anterior y a todo lo que había conocido antes. El símbolo de dicho proceso es
aceptar tomar una pastilla roja. Neo acepta tomarla. Las palabras que movilizan
la duda y la necesidad de encontrar una respuesta en el protagonista son las de
Morfeo: “¿Qué es real? ¿De qué modo
definirías real? Si te refieres a lo que puedes sentir, a lo que puedes oler, a
lo que puedes saborear y ver, lo real podría ser señales eléctricas
interpretadas por tu cerebro.”. Lo que denoto en este punto es, en su
más pura expresión, lo que René Descartes plantea: “¡Cuántas veces me ha
sucedido soñar de noche que estaba en este mismo sitio, vestido, sentado junto
al fuego, estando en realidad desnudo y metido en la cama!”[4]. De ahí derivó su duda metódica y
así llegó a su ya famoso Cogito, ergo sum (Pienso, luego existo). Con el
planteo de su duda metódica intentó resolver el problema poniendo en duda todo
cuanto conocía: “Considerando que todos los pensamientos que nos vienen estando
despiertos pueden también ocurrírsenos durante el sueño, sin que ninguno
entonces sea verdadero, resolví fingir que todas las cosas que hasta entonces
habían entrado en mi espíritu no eran más verdaderas que las ilusiones de mis
sueños.”.[5] En
Matrix se plantea también esa duda entre la realidad y la ficción. El papel de
Descartes lo interpreta Neo, a quien le atormenta la misma sensación. Así lo
expone en una de las primeras secuencias del film: “¿Alguna vez has tenido la sensación de no saber con seguridad si
sueñas o estás despierto?”. Morfeo también pone el dedo en la llaga y le
pregunta a Neo acerca de ese tema: “¿Alguna
vez has tenido un sueño, Neo, que pareciese muy real? ¿Qué ocurriría si no
pudieras despertar de ese sueño?, ¿cómo distinguirías el mundo de los sueños de
la realidad?”. La “Matrix” es una mentira, creada por las máquinas,
ellas son el genio maligno, las que han puesto toda su industria en engañar a
la humanidad.[6] Sin
embargo, comenta Descartes que: “Este
designio es penoso y laborioso, y cierta dejadez me arrastra insensiblemente al
curso de mi vida ordinaria; y como un esclavo que sueña que está gozando de una
libertad imaginaria, al empezar a sospechar que su libertad es un sueño, teme
el despertar y conspira con esas gratas ilusiones para seguir siendo más tiempo
engañado […]”.[7]
En cuanto a
“Inception” (“El Origen”), película protagonizada por Leonardo DiCaprio, Joseph
Gordon-Levitt, Ellen Page, entre otros. Se exponen las dudas de Descartes que
he enunciado ut supra y de las cuales
partió para descubrir lo que en verdad es cierto. Aquí se nos plantea la duda
de los sentidos, ya que él considera que toda la información procedente de los
sentidos es falsa y siempre lo será. En el filme, el protagonista, emplea un
aparato llamado "maquina de los sueños", que suministra un tipo de
sedante que permite que tanto el soñador como el agente puedan compartir el
mismo mundo de sueños. El objetivo de ingresar al subconsciente es robarle
información al soñador sin que éste se dé cuenta. De este modo, se pone en
relieve la duda de la realidad, pues lo
percibido por los personajes, aunque sea totalmente falso, pueden llegar
a considerarlo como real. Ergo, considero que el argumento del filme da
credibilidad a la teoría de Descartes al denotar que incluso podemos dudar de
la realidad pues los sueños que ocurren en la trama se viven de una forma tan
intensa que parecen reales. Además, expone la existencia de un "genio
maligno" que resulta engañoso.[8]
LAS VERDADES MATEMÁTICAS
Para concluir con
los planteos que componen la enunciada duda
metódica de Descartes, tomo como punto de partida el planteo del autor al
distinguir que la concepción que se tenía de Dios en esa época era de libre
omnipotencia, y nada asegura que ese dios no sea un “genio maligno” y que su
propósito sea el que yo esté engañado. Esto nos hace dudar incluso de la
matemática. De este modo, me permite citar otra película “The Beautiful Mind” (“Una Mente Brillante”) en la que se presenta la
biografía de John Forbes Nash, interpretado por Russel Crowe,
un genio matemático contemporáneo. Así, comienza con Nash estudiante en
Princeton y la génesis de sus ideas principales, hasta conseguir una beca de
investigación. En un bar de dicha Universidad es donde John Nash tiene un momento de revelación: “Si todos vamos
a por la rubia, nos obstaculizamos y ninguno de nosotros se la lleva; así que
vamos a por las amigas y nos ignoran, porque a nadie le gusta ser el segundo
plato. ¿Y si nadie va a por la rubia? No nos obstaculizamos y no ofendemos a
las otras chicas. ¡Victoria asegurada!”. De esta forma, hasta jocosa, logra plantear
la que será la clave de su dinámica rectora: “En contra de los postulados de
Adam Smith, para asegurar el mejor resultado, cada miembro del grupo debe hacer
lo mejor para él mismo y para el grupo”. Nash sale corriendo para poner en
orden sus ideas, no sin antes decirle a la atónita joven: “¡Gracias!”. A partir
de ese momento, el protagonista trabajó en una investigación que llevó a nuevas
teorías y avances en los campos de la física y las matemáticas; dejando
entrever así otro planteo de René Descartes respecto de que “las verdades matemáticas eran tales sin
importar si estaba dormido o despierto, [pero]tuvo que dejar de lado esta nueva
idea, porque muchas veces uno se equivoca cuando ejercita matemáticas, y no hay
forma de estar absolutamente seguro de que cada vez que uno realiza operaciones
está en lo cierto”.[9]
Como se muestra en la película, los postulados de Nash se afianzaron bajo
la premisa de que Adam Smith se había equivocado. Tras 30 años, le llega el
reconocimiento académico internacional, obtiene el Premio Nobel de Economía
1994 por su aplicación de la Teoría de Juegos a los procesos de negociación.
DESCARTES Y EL DERECHO
Como sabemos, Descartes nació en Francia en 1596,
Estudió Derecho en Poitiers (1616) y en 1618 se enroló en el ejército, por lo
que combatió en la "Guerra de los 30 años".
Encontramos aportes de Descartes en otras áreas del
conocimiento, como en las matemáticas, en la física, en la fisiología, y en la
industria.[11]
La necesidad del pensar se convierte en un factor también de la interpretación
jurídica del mundo.
En el derecho, se lo considera como fundador del iusnaturalismo racional en su intención
de que, el racionalismo propiamente dicho, nazca como reacción contra la
filosofía cristiana imperante y monopólica sobre la educación, la ciencia y la religión.
De este modo, el racionalismo logró adoptar como una verdadera metodología del
conocimiento el método deductivo, y con el planteo inicial de que los jueces
deben aplicar de hecho en sus decisiones, no solo la norma legal, sino también
principios morales.
En cuanto a las fuentes del derecho, podemos enunciar
algunas que con notoriedad estudian y desarrollan opiniones sobre el derecho
natural, formulan derecho positivo con basamento en normas iusnaturalistas, y
aplican el derecho natural en su estado más puro o en su versión ulterior. Sobre
este tema, Goldschmidt escribió que “… El Jusnaturalismo
clásico antiguo cree en un conjunto de principios eternos en el tiempo y
universales en el espacio que dan a constituyentes, legisladores y jueces las
pautas para las reglas positivas a elaborar. Las normas positivas se derivan de
los principios mediante la conclusión y determinación”.[12]
Dicho autor, enuncia que “… los
jueces a veces se basan en la ley, a veces actúan con discrecionalidad, por
regla concedida por la ley […] No nos referimos sólo a jueces en sentido
estricto sino a gobernantes en general...” En cuanto a la ley, y su
vinculación con el derecho natural, agrega
“… La ley no está sólo supeditada a la Constitución (conforme lo pretende el
positivismo jurídico), sino lo está igualmente al derecho natural. El juez, por
consiguiente, no debe obedecer a una ley contraria al derecho natural…”
sino, tomando lo dicho por Descartes, se estarían dejando de lado principios
morales que respeta la sociedad en general.[13] Para referirnos directamente
a la legislación argentina como fuente formal del derecho, el art. 7º de la ley
3952 del año 1900, emitida por el Poder Legislativo Nacional referente a
demandas contra la Nación, establece que las sentencias condenatorias de la
Nación no producen sino efectos declarativos. Art. 7: “Las decisiones que se pronuncien en estos juicios, cuando sean
condenatorios contra la Nación, tendrán carácter meramente declaratorio,
limitándose al simple reconocimiento del derecho que se presenta”. [14]
Para Werner Goldschmidt, “… la disposición no desea decir que una
sentencia condenatoria es declarativa -ello sería como sostener que un círculo
es cuadrado-; lo que el art. 7º anhela ordenar es que sentencias condenatorias
de la Nación carezcan de ejecutoriedad forzosa…”.[15]
La Corte Suprema
de Justicia de la Nación, respecto a esta disposición del art. 7º, la torna
inaplicable “… La norma del
art. 7º de la ley 3952 no significa una suerte de autorización del Estado para
no cumplir las sentencias judiciales. Ello importaría tanto como colocarlo
fuera del orden jurídico, cuando es, precisamente, quien debe velar con más
ahínco por su respeto…”.[16]
De
modo que señala el vicio del art. 7º es su contradicción con el derecho
natural. Como lo denota el citado autor, “…
El art. 7º infringe también el derecho natural, porque sus autores se
equivocaron sobre su contenido. En efecto, los antecedentes parlamentarios de
la ley 3952 muestran que los legisladores creían que el art. 7º era una
exigencia del principio de la división de poderes, toda vez que la ejecución
forzosa de sentencias condenatorias de la Nación significaría (como opinaban)
una invasión del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial. Sin embargo, el
principio de la división de poderes es una pieza fundamental del liberalismo
político cuyo fin está en proteger al gobernado contra el gobernante…”.[17] Cabe
culminar que “… el art. 7º de la ley 3952
invierte esta finalidad, y ampara al gobierno contra el gobernado…”.[18] Dicho
artículo de la enunciada ley 3952 es contrario al derecho natural, y con
basamento en la escuela seguida por Goldshmidt, hasta debe considerarse como no
escrito.
El derecho no fue
una excepción, como he dicho anteriormente, ya que en la actualidad se denota
en muchos casos, que existen principios morales únicos, y deben aplicarse. René
Descartes, desde sus planteos modernos para su tiempo, supo ser de inspiración
en distintos frentes, artes y ciencias. Los filmes que traté de citar sólo son
una muestra parcial de lo que Descartes ha nutrido con su filosofía a todos los
ámbitos de la vida.
BIBLIOGRAFÍA
http://www.ensayistas.org/identidad/contenido/filosofia/ilustracion/descartes/meditaciones.htm
[1] TRABAJO GANADOR DEL SEGUNDO PREMIO (Categoría B, Docentes) del Concurso de Trabajos sobre “FICCIÓN Y DERECHO”, convocado por el Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, 2014/2015.
[2] Abogado UBA, Profesor Universitario
[3] “cogito ergo
sum”: significa precisamente esto: pienso, luego existo; y será el pilar a
partir del cual comenzará la "reconstrucción" del conocimiento.
[4] KENNY, Anthony. Breve
Historia de La Filosofía Occidental. Traducción de Miguel Candel. Ed. Paidós, 2005.
[5] DESCARTES, René - MEDITACIÓN CUARTA, De las cosas que pueden ponerse en duda, 1994.
http://www.antorcha.net/biblioteca_virtual/filosofia/descartes/5.html
[6] “Filosofía y
cine: El problema de lo real”, Centro de Filosofía para Niños, Principado
de Asturias, 2003.
[7] DESCARTES, René, Op. Cit., pág. 6
[8] Filomanía: Foro de Filosofía IES Alcalá (Tenerife),
IES Leandro Fernandez de Moratin (Guadalajara).
[9] PÉREZ LINDO, Augusto (comp.), El
problema de la verdad, Ed. Biblos, 1ra ed.,
Buenos Aires, 1993, pp. 1 y ss.
[10] DILTHEY, Wilhelm. Historia de la Filosofía Moderna, Editorial Fondo de Cultura
Económica, 2ª Reimpresión de 1993. http://fundamentofilosofico.blogia.com/2006/100701-rene-descartes-ayudantia.php
[11] DILTHEY,
Wilhelm. Op. cit., pág. 9.
[12] GOLDSCHMIDT,
Werner. Justicia y juristas. Publicado en: LA LEY 1980-A, 918
[13] GOLDSCHMIDT,
Werner, Op. Cit., pág. 12.
[14] LA LEY, ADLA 1889-1919, pp. 490.
[15] GOLDSCHMIDT, Werner, Op. Cit., pág. 12.
[16] Fallo “Josefa Pietranera”,
7/09/1966. Revista Jurídica Argentina La
Ley. Tomo 123, pp. 802.
[17] GOLDSCHMIDT,
Werner, Op. Cit., pág.
12.
[18] GOLDSCHMIDT,
Werner, Op. Cit., pág.
12.